Misoginia, está presente en la SP?

El concepto de misoginia es un concepto social que se utiliza para designar a aquella actitud mediante la cual una persona demuestra odio o desprecio hacia el género femenino. Si bien por lo general el término es aplicado a los hombres, en alguna que otra situación también puede ser aplicado a mujeres que se mueven con una actitud de desprecio o menosprecio a sus pares de género... Hoy en día, a pesar de todos los avances que la sociedad moderna puede representar, la misoginia sigue existiendo muy fuertemente. (1)


        

Con preocupación observamos que, en los últimos meses, ha aumentado la cantidad de compañeros y compañeras que se quejan del maltrato que reciben de parte de jefaturas y/o de sus pares. Pocos se atreven a decir lo que exactamente sucedió, y prácticamente ninguno a denunciar el maltrato o acoso del que fue objeto, a pesar de los protocolos establecidos en la SP, para estos casos, que dan garantías de un proceso ordenado y justo.

Es cierto que las relaciones laborales son complejas y que las verdades suelen estar sujetas a la experiencia y a la sensibilidad de cada persona, pero hay hechos irrefutables que debemos considerar bien y que dan pie a las situaciones de conflictos que como Directiva de AFUSUP, hemos tenido conocimiento.

Pero no sólo la Directiva, en más de una oportunidad, junto a más de algún compañer@ de trabajo, hemos sido testigos de ver llorar a compañeras después de haber asistido a una reunión de coordinación de trabajo, por haber sido violentadas verbalmente. Pocas se atreven a decir exactamente lo que sucedió y menos aún, a denunciar ese maltrato o acoso del que han sido objeto.

Cuando decimos que aquello ha pasado y está pasando, es porque también han habido situaciones en las cuales compañer@s que han participado de esas reuniones, han visto y han silenciado lo presenciado, lo cual los convierte, de hecho, en cómplices de la mala actitud que esas jefaturas han estado empleando los últimos meses, particularmente, contra las Mujeres de esta SP., una vez pasado el temporal, se han atrevido a contar lo que antes vieron y escucharon. Sin embargo, aquello no resarce el hecho de que nadie haya dicho nada en el momento para defender a esa mujer o a ese hombre que estaba siendo agredido verbalmente.

La misoginia, entendida como el odio, rechazo, aversión o desprecio que los hombres manifiestan con las mujeres o en lo concerniente a lo femenino, la misoginia se encuentra relacionada directamente con el patriarcado y las situaciones discordantes que se presentan en relación al género, manejado como eje central y primordial del hombre como género donde, principalmente se busca el dominio de la mujer, denegando a ésta y su papel dentro de la vida, estableciendo relaciones opuestas y desiguales (Monsivais, Adriana. 2007. Diferenciar la misoginia del machismo y S.R.R.P., Universidad Autónoma de México).

A los dirigentes de nuestra Asociación han acudido varias compañeras y también compañeros a manifestar su malestar y desagrado por la actitud de jefaturas y funcionarios, que se creen “patrones de fundo” y tratan de mala forma a algunos compañeros de trabajo, particularmente, mujeres.

En dos oportunidades, los dirigentes hemos hecho saber al señor Superintendente de estas malas prácticas que se están produciendo al interior de nuestro Servicio y, son aún, un par más las veces que se han denunciado estas situaciones al señor Jefe de Gabinete. Desgraciadamente, nuestras compañeras de trabajo no se atreven a denunciar por escrito esas malas prácticas o acciones que se cometen por temor a perder el trabajo o a ser consideradas un problema para la Institución. Y rara vez, cuando han hecho frente a una situación particular y se han defendido, los resultados tampoco han sido favorables para ellas, ya que han sido sancionadas, cambiándolas de lugar de trabajo, o peor, sus jefaturas directas las ponen a disposición de la jefatura mayor y prescinden de sus servicios, sin siquiera dar una explicación; Clara muestra de cobardía de no enfrentar una situación como corresponde hacerlo, demostrando así, su mezquindad y baja moral.

Desgraciadamente, sentimos que no ha habido solución al respecto y a pesar que ha existido períodos cortos de tregua, se vuelve a caer en esas malas prácticas, y aunque entendemos que el maltrato afecta a hombres y mujeres, los hechos del último tiempo han involucrado a nuestras compañeras de trabajo y se ha generado toda una construcción respecto del significado particular de estos acosos a mujeres, razón por la que hemos titulado esta Nota como "Misoginia, está presente en la SP?".

Como bien se ha señalado, la misoginia existe en todos los estratos sociales, tipos de sociedades, continentes y no discrimina creencias o posiciones políticas. La misoginia se da, principalmente, en el hombre para atacar a la mujer, es un odio que no tiene límites, la destruye poco a poco, la minimiza al máximo, hace que la mujer pierda su dignidad como mujer, la misoginia llega al límite de vulnerar completamente los derechos de la mujer e inclusive, a asesinarla. Tristemente, también se da en algunas ocasiones en mujeres, que atacan a su propio género.

Denunciemos los hechos de maltrato y violencia desmedida. No nos convirtamos en abusadores pasivos que siendo testigos de un hecho, no lo denunciamos. Como principio básico de convivencia y respeto, no se puede permitir el abuso ni el gritoneo entre ningún funcionario de la SP, sean hombres o mujeres. No es posible que jefaturas, inclusive de la más alta posición al interior de este Servicio, adopten este tipo de actitud matonesca. Y por supuesto, particularmente, estemos alertas ante el trato discriminatorio reiterado hacia mujeres.

Les recordamos que esta Institución cuenta con Procedimientos consensuados para denunciar el maltrato y el abuso, que se encuentran publicado en la Intranet.

Recordemos lo que indica el Código de Ética de la SP, respecto a:

Maltrato: Se define como cualquier manifestación de una conducta abusiva, especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos y omisiones que puedan atentar contra la personalidad, dignidad o integridad física o síquica de un individuo, poniendo en peligro su empleo o degradando el clima laboral (Instructivo Presidencial Código de Buenas Prácticas 2006).

Acoso laboral: Cualquier manifestación de una conducta abusiva, especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, dignidad o integridad física o síquica de un funcionario o funcionaria, poniendo en peligro su empleo o degradando el clima laboral. Se distingue del maltrato laboral por ser una conducta sistemática, orientada y dirigida a una o más personas con voluntad de efectuar daño al afectado.

Acoso sexual: Toda conducta que realice una persona en forma indebida, por cualquier medio, y que implique requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe, y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo (Ley N° 20.005, publicada el 18 de marzo de 2005 y que modificó el art. 2 del Código del Trabajo).

La Directiva de AFUSUP denunciará y hará saber a las Autoridades Ministeriales de Gobierno, a Agrupaciones Sindicales y Sociales y a los Medios de Comunicación una próxima actitud de este tipo, independientemente, de la o las resoluciones que adopte la Autoridad de la Institución, pues debemos definitivamente, erradicar cualquier brote de misoginia que se esté estableciendo al interior de nuestra Superintendencia, así como el maltrato.

(1) (definición ABC)

Por: DIRECTIVA NACIONAL



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